martes, 29 de septiembre de 2015

Informe DDHH de personas LGBTI en Venezuela ante la CIDH

 Informe DDHH LGBTI de Venezuela ante la CIDH

Informe sobre la situación de las Personas LGBTI en Venezuela ante la CIDH. 17 de Marzo, 2015. 


Buenas tardes. Agradecemos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por concedernos esta audiencia y la oportunidad de presentar la información y datos sobre la situación de DDHH de las personas Lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) en Venezuela. Mi nombre es Quiteria Franco, mi compañero es Yonatan Matheus. Somos representantes de la Red LGBTI de Venezuela.
En octubre de 2011, la RED LGBTI presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, un informe sobre la situación de los DDHH de las personas LGBTI en Venezuela1. Cuatro años más tarde nos gustaría decir que la situación ha mejorado, no es así, por el contrario, ha empeorado. En esta exposición abordamos los siguientes temas:
1) expresiones que incitan a la homofobia,
2) la ausencia de protección legal de las parejas del mismo sexo
3) crímenes de odio
4) situación de los defensores de DDHH de personas LGBTI en Venezuela
Reconocemos que se ha incluido la prohibición de discriminación por orientación sexual en varios instrumentos legales venezolanos. No obstante, la mera mención en estas leyes no garantizan los principios de exigibilidad y justicia dado que no existen mecanismos efectivos para procesar debidamente denuncias y establecer sanciones del tipo civil, penal, administrativa o disciplinaria por actos violentos cometidos vinculados con la discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género. Adicionalmente, los organismos encargados de procesar este tipo de graves situaciones han manifestado de distintas formas, es de decir, verbal, por omisión e inacción, su desconocimiento sobre el procedimiento pertinente para los casos vinculados con la diversidad sexual, trayendo en consecuencia el total abandono de las victimas LGBTI y los casos queden impunes. Además, los crímenes de odio por orientación sexual, identidad de género y expresión de género, no están estipulados en la legislación venezolana, por lo tanto, no hay una pena establecida para sancionarlos. La no existencia de un marco legal de protección es la excusa para que la discriminación contra personas LGBTI se practique con total libertad e impunidad.
Aunado a esto, Venezuela no cuenta con planes estratégicos, (políticas, programas y servicios públicos) orientados a responder a las necesidades y exigencias de las personas LGBTI. Se identifica que la especificidad o equidad en la distribución de los recursos para la implementación de políticas públicas no existe para la comunidad LGBTI, quienes continúan invisibles en las estadísticas demográficas, de población y otros estudios, lo que se traduce en exclusión para el ejercicio de los derechos fundamentales desde la perspectiva de su orientación sexual, identidad o expresión de género. Lo que constituye un trato desigual, que genera, a su vez, tratos crueles inhumanos y degradantes.
1.- Expresiones que incitan a la homofobia y la transfobia.
Las expresiones homofóbicas procedentes de altos funcionarios del Estado venezolano (Presidente de la República, Ministros y Diputados), de algunos miembros de los cuerpos policiales, de renombrados dirigentes de varios partidos políticos y de altos representantes de las distintas iglesias estuvieron presentes en el periodo 2009 a 2013. Pero entre 2011-2013 llegaron a niveles alarmantes, por la utilización de la homofobia como arma para ofender y denigrar al adversario político en el contexto de la contienda electoral (presidenciales y gobernadores), y la polarización que vive Venezuela.

De acuerdo al Informe Venezuela 2013 sobre crímenes de odio por orientación sexual, identidad de género y expresión de género realizado por ACCSI2, el primer lugar es ocupado con un 56,9% de los ataques y amenazas provienen de funcionarios de los cuerpos policiales; y el segundo lugar con el 19,6% de las agresiones de altos funcionarios tomadores de decisiones del Estado venezolano y dirigentes políticos (Presidente de la República, Ministras y Ministros, Diputado de la Asamblea Nacional, altos representantes de los partidos de gobierno y de oposición), ver Tabla 1.
TABLA 1:
Autores/as de los ataques y amenazas contra las personas LGBTI
Autores/as de los ataques y amenazas
Frecuencia
Porcentaje
Funcionarios de Cuerpos de Seguridad (Guardia Nacional, Policía de Chacao, CICPC)
29
54,7
Políticos (Presidente de la República, Canciller, Ministra de Asuntos Penitenciarios, Presidente de la Comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional, Vocero de partido político, Diputado, Ex candidatos para Diputados de la AN, Secretario de partido político de oposición)
12
22,6
Religiosos de distintas iglesias
3
5,6
Medios de comunicación social
2
3,8
Activista de DDHH del Colectivo Diverso Sexual de Venezuela
1
1,9
Presidente de la Organización Miss Venezuela
1
1,9
Estudiante
1
1,9
No Indica
4
7,6
Total
53
100,0


A continuación citamos y mostramos algunas de estas expresiones:
Nicolás Maduro. Actual presidente de la República.
Así será la calaña de estos sifrinitos, mariconsones, fascistas” ,11 de abril 2012. Ministro de Relaciones Exteriores.3
"Yo si tengo mujer, ¿Oyeron? Me gustan las mujeres. Y aquí la tengo”. Candidato presidencial. 28 de abril 2013. 4
Julio Borges, toma tu maqueta, ven para que veas tu maqueta ahí, en la avenida Libertador, a ti que te gusta venir a la avenida Libertador bastante. Aquí está tu maqueta, para que respetes”. 29 de agosto 2013. 5
Hay un pelucón que se la pasa pidiéndome leche... (..) el pelucón lechero lo llaman”. Enero 2015.6
Diputado Pedro Carreño. Diputado al Parlamento Nacional por el Partido Socialista Unido de Venezuela.
a los hombres para ingresar a Primero Justicia, primero los castran”.
ese malandro, mariposón (…). ”
eso es problema de ellos lo que hagan con su culo pero tienen que ser serios”.
responde homosexual, acepta el reto maricón, acepta el reto, hay que ser serio”.
13 agosto 2013. Asamblea Nacional. 7
Queremos alertar sobre las posibles consecuencias que estas declaraciones podrían acarrear. Un mayor rechazo a las personas LGBTI y la incitación a crímenes de odio por razón de orientación sexual.
2. Ausencia de protección legal de las parejas del mismo sexo.
Desde el año 2000, las exigencias de las organizaciones LGBTI en Venezuela se han basado en cuatro puntos: A) Leyes contra la discriminación; B) Penalización de crímenes de odio; C) Reconocimiento de la identidad de las personas trans y D) La necesidad de reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo. Para tal efecto, se han presentado varias propuestas de ley y solicitudes ante la Asamblea Nacional y el Presidente de la República. Se ha entregado propuestas en el año 2003, 2005, 2007, 2009, 2011, 2013 y 2014.
2003. Propuesta de Ley para las Minorías Sexuales en Venezuela. 8 Presentada ante el Parlamento por el movimiento Gay Revolucionario.
2005. Ley para las Minorías Sexuales en Venezuela. Presentado por el Movimiento Gay Revolucionario de Venezuela.
2007. Solicitud de Modificación de Artículo 77 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en el marco de la Reforma, entregada en Acto Solemne ante la Asamblea Nacional por la Fundación Reflejos de Venezuela. 9
2009. Ley de Equidad e Igualdad de Género. Propuesta de Varias organizaciones y algunos Parlamentarios.
2011. Agenda Legislativa con varias propuestas entregada ante la Asamblea Nacional por la Red LGBTI de Venezuela.10 11
2011. Ley para la Igualdad y la No Discriminación por Orientación e Identidad Sexual entregada ante la Asamblea Nacional por el Bloque Socialista Unido de Liberación Homosexual.
2013. Reforma Parcial del Código Civil. Proyecto de Reforma de la Ley Orgánica de Registro Civil. Entregadas ante la Asamblea Nacional por la Asociación Civil Unión Afirmativa de Venezuela.
2013. Solicitud de cinco puntos entregada al Presidente de la República por Chea Rodriguez y Ricardo Hung. 12
2014. Proyecto de Ley de Matrimonio Civil Igualitario entregado ante la Asamblea Nacional por más de 40 Organizaciones y respaldada por más de 21 mil firmas recogidas a nivel nacional. 13
Adicionalmente, en el año 2008, el Tribunal Supremo de Justicia emite la Sentencia 19014, a solicitud de la Asociación Civil Unión Afirmativa de Venezuela, en la cual se aclara el derecho a la no discriminación por orientación sexual. En la misma sentencia, se expresó que es al Poder Legislativo el órgano que le corresponde legislar en materia de protección de las parejas del mismo sexo. No ha habido dentro de la Asamblea Nacional iniciativa alguna por parte de ningún diputado o diputada para legislar en este respecto.
Las relaciones de hecho están protegidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y están equiparadas al matrimonio. No obstante, las relaciones de hecho entre personas del mismo sexo no son reconocidas ni protegidas. Este no reconocimiento y, por ende, falta de protección legal de las familias de personas del mismo sexo con nacionalidad venezolana les acarrea graves consecuencias en su cotidianidad.

Citamos el caso de José Ramón Merentes y su pareja, Giovanni Tarullo, quienes en febrero de 2013 solicitan ante el Registro Municipal de Chacao, en el Distrito Capital, el reconocimiento legal de su relación de hecho. “La petición, que no tiene precedente en el país, realizada por el politólogo Merentes y el abogado Di Giácomo, estaba fundamentada en la Ley Orgánica de Registro Civil, vigente desde el 15 de septiembre de 2009”. El artículo 117 establece que las uniones estables de hecho se registrarán mediante manifestación de voluntad, documento auténtico o público o decisión judicial. El 31 de octubre de 2013 la jueza 1° del Municipio, Zobeida Romero Zarzalejo, rechazó la solicitud que le habían formulado ocho meses y medio antes para que reconociera la legalidad de su unión estable de hecho. 15 16

De manera similar, tampoco se reconocen los matrimonios de parejas del mismo sexo realizados en países como Holanda, Canadá, Argentina y España. Estas familias al llegar a nuestro país pierden ese estatus civil, dado que su unión no es reconocida por el Estado venezolano, a pesar de que dicho procedimiento está contemplado en el artículo 103 del Código Civil el cual establece que: “El venezolano que contrajere matrimonio en un país extranjero deberá remitir, dentro de los seis meses de haberse celebrado el matrimonio, a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio de su último domicilio en Venezuela, copia legalizada del acta de matrimonio, a los fines de la inserción ….”17
Citamos un segundo caso, el Consejo Nacional Electoral (CNE) a través de la una Resolución, declaró sin lugar el recurso ejercido por el venezolano Jesús Ravelo contra el acto administrativo dictado por la Oficina Nacional de Registro Civil en enero de 2011, mediante el cual se niega la inserción en los libros del acta de matrimonio que contrajo en Holanda el referido ciudadano con el ciudadano Oliver Schnider.18

Otro caso a destacar, lo constituye el de Ginyveth Soto Quintana y Migdely Miranda, quienes el lunes 16 de diciembre de 2013 acudieron a la Oficina Principal del Registro Civil del Municipio Libertador de Caracas, para insertar el acta del matrimonio celebrado formalmente ante las autoridades de la República de Argentina, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Registro Civil (LORC), específicamente los artículos 115 y 116. Ante dicha solicitud, representantes de ese organismo respondieron que con base en el Artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 44 del Código Civil, dicho procedimiento no podría ser realizado.19

De igual manera, existen casos de parejas venezolanas que han optado por acudir a métodos de concepción a través de la reproducción asistida, bien sea con el uso de óvulos de ambas madres, a través de la donación de embriones o por concepción in vitro, con el objeto de concebir los hijos de ambos conyugues o a través de madres subrogadas.

El Primer caso es el de Jhonnie García y Antonio Torrealba, quienes se convirtieron en padres en diciembre de 2013 en Venezuela. Sus trillizos nacieron a través de vientre subrogado. La pareja cuenta que “A pesar de haber sido víctimas de discriminación y homofobia por tomar la decisión de ser padres, han recibido el apoyo incondicional de sus familiares y amigos.” El pasado mes de junio de 2014 se casaron en Nueva York “formalizando su compromiso, el cual no pudieron concretar en Venezuela por falta de leyes que protejan a las familias homoafectivas y esperan que la Asamblea Nacional discuta y apruebe el proyecto de ley de Matrimonio Civil Igualitario para poder hacerlo algún día en su país.”20

El segundo caso es el de Giniveth Soto y Migdely Miranda, antes mencionado, sucedió luego de su matrimonio en Argentina. “A su regreso a Venezuela, ella aportó un óvulo para que fuera inseminado artificialmente y colocado en el vientre de su esposa. Posterior al nacimiento de su hijo ambas solicitaron la inscripción de su hijo en Venezuela y tal solicitud les fue negada por ser hijo de dos mujeres lesbianas. Tal información la publicó la Sra. Soto, tan solo días antes de ser asesinada el día 14 de diciembre de 2014.21 Queremos además hacer énfasis que esta familia ha quedado en total estado de vulnerabilidad pues ni se les reconoce el matrimonio ni la maternidad de ambas. 22 Por ende, el niño se encuentra en Venezuela en un estatus de ilegalidad pues es un ciudadano argentino.23
Esto es violatorio de las leyes nacionales e internacionales puesto que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32 de la Constitución venezolana, “Son venezolanos y venezolanas por nacimiento: (…) “Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento.” Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada en Venezuela, se establece el principio de la no discriminación del niño o niña, entre otras situaciones, por el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de su padres o de sus representantes legales, de esta manera: Artículo 2.

Se observa que todas estas parejas una vez casadas y luego que regresan a Venezuela pierden todos sus derechos civiles derivados del matrimonio realizado en el extranjero. Igualmente, sus hijos, al nacer, o inclusive aquellos que son adoptados/as, vienen al mundo o a un nuevo hogar teniendo que enfrentar un limbo legal pues se reconoce la maternidad o paternidad de uno de los miembros de la pareja no de ambos.
Estos casos representan una clara violación de la Declaración Americana de derechos y deberes del Hombre en su Capítulo Primero Artículo VI. Derecho a la constitución y a la protección de la familia. Igualmente, constituye una violación a la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 17 correspondiente a la obligación del estado de brindar protección a la familia. Así mismo, hay una clara violación de la Convención de los Derechos del Niño. Finalmente, también se viola la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Intervención Sr. Yonatan Matheus
3. Crímenes de odio y actos de discriminación que atentan contra el derecho a la vida yseguridad personal de las personas LBGTI.
La falta de garantías al derecho a la vida y la seguridad personal es una de las principales violaciones que enfrentan las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales, situación particularmente compleja respecto de la garantía del derecho a la vida. Por un lado, se encuentran los estigmas y la discriminación promovidos por las confesiones religiosas dominantes y grupos conservadores, factores desencadenantes de la afectación, que limitan el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad y generan conductas de violencia, agresión y hostigamiento con base en la orientación sexual, identidad y expresión de género. Por otro lado, la falta de atención de esta situación y de políticas públicas que permitan identificar y prevenir estas conductas, así como sancionar a los responsables.
En Venezuela se produjeron 99 crímenes de odio debido a la orientación sexual, identidad y expresión de género desde enero de 2009 hasta agosto de 2013, desglosado en 46 asesinatos (degollamientos, impactos de balas, quemaduras, lanzados al vacío, arrollamientos, ahogamiento, golpes con objetos contundentes) y 53 agresiones de todo tipo (tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, agresiones verbales, físicas y psicológicas, amenazas, embate policial, abuso de poder, entre otras), según lo reseñado por algunos medios de comunicación y denuncias de organizaciones de la sociedad civil que trabajan con la comunidad de LGBTI. 24
Caso Lulú Suárez García
El 03 de junio de 2012, Lulú Suárez García (registrada al nacer como José Antonio Suárez Garcíamujer trans de 32 años de edad fue asesinada al recibir varios impactos de bala, mientras se encontraba en su lugar de trabajo frente al edificio Siclar, Avenida Libertador de Caracas. Caso condenado en nota de prensa por esta Comisión y que hasta la fecha no ha sido resuelto.25
Dichos casos han quedado en su mayoría impunes ante la inacción de los administradores de justicia y órganos de investigación penal, quienes los desestiman por considerar a las víctimas como personas que atentan contra la moral y buenas costumbres por su estilo de vida, por el tipo de trabajo que realizan, por su condición socioeconómica y por representar una amenaza para la vida familiar y estabilidad de niños y niñas.
Funcionarios y funcionarias de los cuerpos policiales y efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana han sido de manera sistemática identificados por las víctimas como responsables de actos de violencia, uso desproporcionado de la fuerza y vulneración de la integridad física, psíquica y moral contra las personas LGBTI, aquellas que acuden a los servicios policiales o los que son sujetos a detención.
En octubre de 2009, funcionarios de la Policía de Caracas, durante un procedimiento conjunto con funcionarios de la Guardia Nacional, detuvieron a 19 personas gais y lesbianas en la calle Villaflor de la Parroquia El Recreo del Distrito Capital; 11 de estas personas eran adolescentes. La mayoría fueron despojadas de sus pertenencias, teléfonos celulares e identificaciones, sometidas a maltratos verbales inhumanos y degradantes relacionados con su orientación sexual, y golpeadas físicamente.
Tratos denigrantes en centros de salud, educativos y penitenciario.
En los servicios de salud, las personas LGBTI son objeto de agresiones psicológicas, angustia, humillación cuando requieren atención sanitaria en general y especialmente cuando acuden para obtener tratamientos y atención para el VIH y el SIDA. Las personas trans suelen ser las más estigmatizadas y afrontan restricciones discriminatorias para acceder a cuidados que son fundamentales para su bienestar físico y psicológico.
En los centros educativos públicos y privados de todos los niveles, las personas que se definen como LGBTI o aquellas que son percibidas como tales, suelen ser víctimas de burlas, hostigamientos, castigos físicos y tratos degradantes, por parte de otras y otros estudiantes e incluso profesoras y profesores, situaciones que llevan a las y los estudiantes LGBTI a desertar del sistema educativo por no existir planes, programas y acciones que apunten a sancionar y erradicar dichos actos.

Caso Angello Prado Perdomo

En octubre de 2012, en el Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, Angello Alfredo Prado Perdomo, joven gay de 18 años, fue rociado con gasolina y prendido en fuego, causándosele quemaduras de tercer grado en treinta (30 %) de su cuerpo, hecho ocurrido luego de ser objeto de acoso y hostigamiento en el centro educativo donde cursaba estudios de bachillerato. El caso quedo sin respuesta oficial.26

Falta de reconocimiento del derecho a la personalidad jurídica e identidad personal de las personas trans.
Las mujeres y hombres trans en Venezuela se encuentran prácticamente sumergidas en un “limbo legal” al no disponer de los medios y condiciones legales para el reconocimiento de su personalidad jurídica e identidad personal acorde a su identidad y expresión de género, lo que lesiona su dignidad humana, provoca exclusión social, pobreza, negación absoluta de ser titular de derechos y obligaciones, impedimento de los medios y condiciones para participar de los asuntos políticos, económicos y sociales del país, y sumisión a múltiples formas de violencia.
Las personas trans son las más afectadas por la violencia, que genera el no reconocimiento de la libre expresión del género, del derecho a la personalidad jurídica e identidad personal, evidenciado con la negación del registro legal del sexo y nombre y la no emisión de documentos de identidad acordes a su identidad y expresión de género, lo que les impide el disfrute del derecho al libre tránsito, la salud, educación, y otras formas de trabajo distintas a la peluquería, estética, trabajo sexual en vía pública y/o redes de comercio sexual virtuales, mantenimiento, seguridad privada, comercio informal y oficios de baja calificación educativa.
En el caso de las mujeres trans que realizan trabajo sexual la situación se agrava con los excesos en el uso de la fuerza, tratos crueles, denigrantes e inhumanos cometidos por los órganos de seguridad del Estado; la expulsión del seno familiar, las agresiones y lesiones callejeras, la violencia sexual y física cometidas por desconocidos, clientes y bandas delictivas; consumo de drogas licitas e ilícitas; las practicas sistemáticas de extorción y cobro de “vacunas” por parte de delincuencia organizada, integrada por funcionarios policiales, trans y particulares; y los asesinatos vinculados al odio social que genera su orientación sexual, identidad y expresión de género y el tipo de trabajo que realizan.
La Ley Orgánica de Registro Civil del 15 Septiembre del 2010 permitiría el cambio de nombre simple (no del sexo) de las personas trans a partir de su entrada en vigencia en marzo de 2010. Así, de conformidad con el artículo 146, este cambio de nombre simple por vía administrativa procede, entre otros casos cuando éste “no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de la personalidad”. Este procedimiento es en sede administrativa-registral, y debe ser decidido en un lapso no mayor de ocho días hábiles. A pesar de este artículo, que permitiría a las personas trans al menos el cambio de su nombre legal ha sido desaplicado por el Consejo Nacional Electoral, como órgano rector del Registro Civil, alegando que los conceptos de género y sexo son iguales, y que este artículo se aplicaría a una persona de sexo masculino, con pene, que haya sido registrado con un nombre femenino; o a una persona de sexo femenino, con vagina, que haya sido registrada con un nombre masculino. Sin entrar a detallar lo inverosímil de este argumento.
De los casos de personas trans que conocemos que han solicitado el cambio de nombre bajo esta modalidad, dos fueron declarados negativamente, el Leidy Guerrero Secretaria General de Venezuela Diversa y Rummie Quintero27 Presidente de Divas de Venezuela, otros siguen sin resolver desde hace varios años contrariando el texto legal que obliga a resolverlos en ocho días hábiles y los demás son simplemente rechazadas sin que ni siquiera se le acepten los documentos y la solicitud.
Caso Tamara Adrián Hernández
El 14 de mayo de 2014, la Dra. Tamara Adrián Hernández, abogada, profesora universitaria, introdujo ante el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela el reconocimiento de identidad, bajo la modalidad de tutela directa del derecho constitucional a la identidad por falta de regulación expresa, con un hábeas data instrumental del fallo para lograr así el otorgamiento de una nueva partida de nacimiento, la reserva de la anterior, y la modificación de otros documentos históricos tales como títulos universitarios y documentos de propiedad, entre otros, todo por medio del derecho a la autodeterminación informativa. Esta demanda, a pesar de las más de 35 solicitudes adicionales de resolución, no ha sido admitida a trámite ni decidida siendo un terrible caso de denegación de justicia. Sabemos que este caso se encuentra pendiente de admisión ante esta Comisión, por lo que instamos a decidir sobre su procedencia.
4. Situación de Defensores y Defensoras de derechos humanos
Que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia, discriminación y violaciones de los derechos de las personas LGBTI en Venezuela, se ven sometidos y sometidas a amenazas, hostigamiento, detenciones arbitrarias, abusos y – en casos extremos – violencia física, por parte de funcionarios de los cuerpos policiales y la Guardia Nacional Bolivariana.
En cuanto al resto de los ataques se puede identificar claramente la participación de colectivos simpatizantes del gobierno nacional o particulares, quienes actúan con impunidad, promoviendo campañas de descredito, amenazas y hostigamiento contra las y los activistas que no están subordinados a las órdenes y directrices del partido de gobierno o el denominado Gran Polo Patriótico Simón Bolívar.
El Estado venezolano ha incumplido sus obligaciones al no facilitar los medios necesarios para que los defensores y las defensoras de derechos humanos realicen libremente sus actividades; con la reforma del Código Orgánico Procesal Penal se limitó estrictamente el acompañamiento y la asistencia a las víctimas de violencia, discriminación y violaciones en razón de su orientación sexual, identidad y expresión de género; se limita el derecho a obtener información sobre el estatus de las denuncias y temas relacionados sobre la gestión pública que afectan directamente el disfrute de derechos de las personas y grupos LGBTI; se restringe el derecho a participar e involucrase con instituciones del Estado para presentar propuestas y encaminar acciones conjuntas a favor del reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI debido a la real o supuesta posición política partidista de los y las activistas, por prejuicios de carácter cultural y religioso vinculados a la orientación sexual, identidad sexual e identidad de género.
Amenazas a Defensores Wendell Oviedo y Yonatan Matheus

El 27 de julio de 2014, en horas de la tarde, en las adyacencias de Bellas Artes, cuando salían de visitar a unos familiares, Wendell Oviedo y Yonatan Matheus, representantes de Venezuela Diversa Asociación Civil, fueron interceptados por dos sujetos desconocidos quienes, portando arma de fuego, les despojaron de sus celulares y amenazaron de muerte, “si siguen abriendo la boca con lo que pasa con los maricos de la Libertador, los vamos a matar”. Al día siguiente de los hechos ambos comparecieron a la Unidad de Atención a la Víctima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas para denunciar lo ocurrido. El caso quedo a cargo de la Fiscalía 17º del Área Metropolitana de Caracas con número de expediente MP-3337230, sin que hasta la fecha los defensores hayan recibido ninguna medida de protección adecuada o respuesta alguna sobre el caso por parte de las autoridades que conocieron del mismo.
Petitorio:
  • 1.- Que la Comision sirva de mediadora ante el Estado Vnezolano para que se Garantice la No discriminación contemplada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a través de políticas, programas y servicios públicos adecuados a las personas LGBTI.
  • 2.- Se solicite a la Asamblea Nacional de Venezuela aprobar leyes vinculadas con los derechos humanos y la diversidad sexual, principalmente: Ley del Matrimonio Civil Igualitario; ley de identidad para las personas trans; tipificacion de los crimenes de odio, entre otras.
  • 3.- Se Establezcan mecanismos de registro estadístico sobre casos de violencia contra las personas LGBTI con datos públicos desglosados por edad, orientación sexual, identidad y expresión de género, número de denuncias recibidas, investigaciones realizadas, mecanismos de protección aplicados, presuntos responsables y penas aplicadas.
  • 4.- Se otorge protección a las defensoras y defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia, discriminación y violaciones de los derechos de las personas LGBTI en Venezuela.
  • 5.- Que la Relatoria Especial para las personas LGBTI de esta Comision haga una visita in situ a Venezuela a fin de constatar la situacion de las personas LGBTI.

2 ACCSI (2013). Informe Diversidad Sexual: Derechos, discriminación y violencia Encuesta Marcha del Orgullo Venezuela 2013. Disponible en http://www.accsi.org.ve/accsi/wp-content/uploads/ACCSI-Diversidad-sexual-Derechos-discriminaci%C3%B3n-y-violencia-Encuesta-Marcha-del-Orgullo-Venezuela-2013.pdf

3Disponible en http://www.youtube.com/watch?v=gVLoI-FSZDI Estas declaraciones fueron transmitidas por Venezolana de Televisión, el principal canal de TV del Estado venezolano.

13Vanguardia. (1 de febrero de 2014). Presentan proyecto de Ley sobre matrimonio Homosexual en Venezuela. Disponible en http://www.vanguardia.com/actualidad/mundo/244717-presentan-proyecto-de-ley-sobre-matrimonio-homosexual-en-venezuela Consultado el 21-10-2014.

18CNE (7 de diciembre de 2012) Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela. Disponible enhttp://www.cne.gob.ve/web/gaceta_electoral/gaceta_electoral_detallado.php?tg=1&num_gac=660Consultado el día 21- 10-2014

20InOutPost. (20 de julio de 2014) Emotiva historia de padres gays con hijos trillizos. Disponible enhttp://www.inoutpost.com/noticias-usuarios/emotiva-historia-de-padres-gays-con-hijos-trillizos-20140720200339.html Consultado el día 21-10-2014.

24Informe ACCIS Venezuela 2013 Crímenes de odio por orientación sexual, identidad de género y expresión de género en la noticia de los medios de comunicación y organizaciones de la sociedad civil, Revisión Hemerográfica lapso enero 2009 a agosto 2013, disponible en http://www.accsi.org.ve/accsi/wp-content/uploads/ACCSI-2013-Informe-Crimenesde-odio-por-homofobia-Revision-Hemerografica-Enero-2009-Agosto-2013.pdf


26 Joven fue quemado en Maracay por su condición homosexual, disponible enhttp://www.correodelorinoco.gob.ve/regiones/aragua-joven-fue-quemado-maracay-por-su-condicion-homosexual/




sábado, 12 de septiembre de 2015

A dos años de la Denuncia de la Convención Americana de DDHH por el Estado venezolano


A 2 años de la Denuncia de la Convención Americana de DDHH por el Estado venezolano: 
Actuación en caso Ayotzinapa reitera importancia de la CIDH
en la defensa de DDHH en la región
Caracas, 10.09.2015.- Este 10 de septiembre de 2015 se cumplen dos años de la salida de Venezuela de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), después que el Estado venezolano activara los mecanismos para ello, mediante la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). A pesar del rango constitucional de este tipo de tratados y el principio de progresividad en materia de derechos humanos consagrado en nuestra Carta Magna, la decisión gubernamental se realizó tras una campaña de descrédito y criminalización tanto a este tipo de organismos internacionales, como a las organizaciones que acuden a ellao.
Sin embargo, la actuación tanto de la Corte IDH como de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reitera su importancia en la protección y defensa de la dignidad de mujeres y hombres en la región. Recientemente la CIDH, mediante un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), ha colaborado con el Estado mexicano para alcanzar justicia en la desaparición de 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa. Después de 6 meses de trabajo el GIEI ha emitido el informe “Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa”, que ha brindado importantes elementos para conocer la verdad de lo sucedido. El trabajo de la CIDH ha demostrado su importancia en casos de violación a derechos humanos cuando el Estado en el que han ocurrido, por diferentes razones, no puede garantizar la justicia.
Debido a las diversas irregularidades presentes en el sistema de administración de justicia venezolano, la impunidad se ha convertido en uno de los problemas graves de violación a derechos humanos en el país. Sin embargo, las víctimas y las organizaciones que las acompañan, tras el agotamiento de las instancias internas, hoy no cuentan con la posibilidad que sí tienen los familiares de los estudiantes de Ayotzinapa o de tantos otros casos atendidos por la CIDH así como por la Corte IDH: que en sus correctas peticiones se haga justicia. Nuestro país podría pedir un asesoramiento técnico similar al implementado en México para allanar el camino a la verdad de situaciones que hoy parecen de difícil resolución, como por ejemplo las 43 personas asesinadas en el año 2014 en el contexto de manifestaciones, así como otros casos de trascendencia pública y que continúan en impunidad. Lamentablemente, Venezuela ha optado por el camino de debilitar los mecanismos regionales existentes que pueden proteger a las personas en condiciones vulnerables frente al abuso de poder. 
A pesar de la existencia de un recurso de inconstitucionalidad introducido en el Tribunal Supremo de Justicia, que no tenido decisión alguna, las organizaciones firmantes continuaremos exigiendo que el gobierno venezolano rectifique en su decisión de no estar bajo la jurisdicción de la Corte IDH, como lo han recomendado las evaluaciones de los organismos de Naciones Unidas. Además, seguiremos demandando que la Defensoría del Pueblo hable alto y claro para exigir el retorno de nuestro país a los organismos regionales de protección derivados de la Convención Americana de Derechos Humanos
Suscriben:
Acción Solidaria
Asociación Civil Fuerza Union Justicia Solidaridad y Paz (FUNPAZ, A.C.)  (Lara)
Catedra Libre de Derechos Humanos de la UCLA (Lara)
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello
Centro para la Paz y los DDHH – UCV
Cepaz
Coalición de Organizaciones por el Derecho a la Salud y a la Vida (CODEVIDA)
Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional
Civilis Derechos Humanos
Comisión Inter Institucional de DDHH de las universidades del Zulia y Rafael Urdaneta (Zulia)
Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (CODHEZ)
Derechos Humanos Y@ (Anzoátegui)
Espacio Público
Federación Nacional de Sociedades de Padres y Representantes (Fenasopadres)
Fundación Ensayos para el Aprendizaje Permanente (FEPAP)
Grupo de Trabajo de Asuntos Indígenas de la ULA (Mérida)
Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela (IPYS)
Laboratorio de Paz
Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS)
Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres
Observatorio Venezolano de Prisiones
Observatorio Venezolano de la Salud (OVS)
Oficina de los Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Valencia
Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea)
Red de Organizaciones por los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes (REDHNNA)
Sinergia
Sociedad Hominis Iura (SOHI) (Anzoátegui)
Transparencia Venezuela
Unión Afirmativa de Venezuela
Una Ventana a la Libertad


Plan Nacional de Derechos Humanos de Venezuela 2015-2019


Unión Afirmativa de Venezuela reconoce como una iniciativa positiva que el gobierno plantee la elaboración de un Plan Nacional DDHH en favor de todos los Venezolanos. Aunque ya hemos expresado nuestra opinión junto a otras más de 30 organizaciones independientes de la sociedad civil el pasado 27 de agosto, deseamos hacer algunas observaciones y recomendaciones a dicha propuesta de Plan.

Antecedentes

La figura del Plan Nacional de Derechos Humanos surge en el marco de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas celebrada en Viena[1], Austria en el año 1993. En el documento final de esta conferencia “Declaración y programa de acción de Viena” se recomienda a los Estados “elaborar un plan de acción nacional en el que se determinen las medidas necesarias para que el Estado mejore la promoción y protección de los derechos humanos”.

En el continente americano ya ha habido varios países como Brasil, Bolivia, Guatemala y México que han avanzado en la elaboración e implementación de planes nacionales de Derechos Humanos.
En Venezuela, en el año 1998 se iniciaron unas conversaciones entre las organizaciones de Derechos Humanos y el entonces presidente Rafael Caldera para la elaboración de un Plan Nacional de DDHH en Venezuela. Lamentablemente, esa iniciativa no se concretó. Posteriormente, se le planteó la misma idea al electo presidente Hugo Chávez quien la descartó.

Más recientemente, durante el primer Examen Periódico Universal a Venezuela en el 2011, Brasil le sugirió al Estado la implementación de un Plan Nacional de DDHH, la cual fue rechazada. Este año Venezuela fue evaluada en el Comité de Derechos Humanos en el marco del examen para la implementación del pacto de Derechos Civiles y Políticos. No hubo mención alguna por parte de los representantes del estado de que se estuviese trabajando en un Plan Nacional de DDHH. Razón por la cual este llamado repentino causó mucha sorpresa a todos en el país. Sin embargo, tenemos claro que a Venezuela le corresponde una nueva evaluación en el marco del EPU-2016.

Lo positivo del Plan Nacional de DDHH

El plan está organizado en cinco ejes cada uno con hasta tres líneas estratégicas y con varias acciones programáticas que contienen una serie de ideas concretas, muchas de las cuales se encuentran en sintonía con los estándares internacional en derechos humanos. El Plan reconoce que la Constitución venezolana (CRBV) recoge los principios de “progresividad, indivisibilidad, interdependencia, igualdad y no discriminación”.

En el primer eje se sugiere “promover la incorporación de los derechos humanos en los procesos de formación del Sistema Educativo, en todos sus niveles y modalidades, así como desarrollar estrategias de promoción y divulgación de los DDHH a través de espacios de educación no formal y demás estrategias de abordaje y medios de difusión masiva.”

El segundo eje, por su parte, indica la necesidad de “transformar el sistema de justicia para garantizar el acceso de toda la población en condiciones de igualdad, reestructurar el sistema penitenciario y continuar implementando el proceso de reforma policial.”

El tercer eje busca “propiciar la participación del pueblo en la promoción, protección y respeto de los DDHH”. Adicionalmente, una de las líneas estratégicas estable “impulsar el fortalecimiento de las organizaciones y movimientos de DDHH.”

El cuarto eje expresa la necesidad de fortalecer la presencia en los organismos internacionales de protección de los derechos humanos, explicitando el apoyo al sistema universal de Naciones Unidas, así como crear mecanismos para la implementación y seguimiento de sus recomendaciones.
El quinto eje persigue fortalecer el enfoque de derechos humanos en las políticas públicas, ubica como acción establecer un sistema nacional de indicadores que permita hacer seguimiento y evaluar el impacto de la gestión oficial en la materia.

Lo negativo del Plan

El subtítulo del Plan menciona “Democracia socialista”. El Plan establece que este “busca desarrollar los Objetivos Históricos y Nacionales del Plan de La Patria 2013-2019, así como “garantizar la continuidad y consolidación de la Revolución Bolivariana”. Estos son indicadores de que este plan es excluyente y discrimina a quienes no se identifican con el socialismo y, adicionalmente, que este plan está casado con el gobierno y su ideología lo cual no garantiza su ejecución ni continuidad en el tiempo. Aún más grave, no parece ser la preeminencia de los DDHH lo que impulsa este plan.
Todo plan de Derechos Humanos debe partir de un diagnóstico para tener claro cuáles son los problemas que se busca solucionar. Este debe ser ampliamente consultado con la sociedad con mecanismos abiertos y garantías de participación libres de represalias e inclusión de las propuestas de las organizaciones independientes de la sociedad civil y con suficiente tiempo, al menos durante un año.

En el eje número 1, línea estratégica número 2 acción programática 3 se expresa: “continuar trabajando en el rescate y la reconstrucción de la memoria histórica de las graves violaciones a los derechos humanos acaecidos en nuestro país durante el periodo 1958-1998. ¿y qué sucede con los hechos acaecidos desde 1999-hasta 2015. ¿Es que acaso no han ocurrido violaciones de DDHH en este periodo más reciente de la revolución bolivariana?

Se menciona a lo largo de todo el Plan la “visión emancipadora, crítica y alternativa de los Derechos Humanos. No obstante, no se aclara de qué se trata esa nueva “visión”. Los derechos humanos son una conquista de muchos años de trabajo, los mismos no obedecen a ninguna ideología ni parcialidad local, ya sea política o religiosa.

Adicionalmente, parece condicionarse la cooperación y la acción en general a esta nueva “visión”, tal como se expresa en el eje 3 en repetidas ocasiones; por ejemplo, en la línea estratégica 2 Acción 4: “impulsar la creación del Premio Nacional de Derechos Humanos, a los fines de reconocer el trabajo desarrollado por las organizaciones y activistas comprometidos con una visión emancipadora, crítica y alternativa e n la materia”. Línea estratégica 3, acción programática 1. “organizar el Encuentro Internacional Anual de Organizaciones y Movimientos Sociales nacionales e internacionales comprometidos con una visión emancipadora, crítica y alternativa delos derechos humanos”. ¿Significa esto la formalización de la exclusión de quienes no actúan bajo esta visión? Tal como ha sucedido hasta ahora.

Las personas LGBTI en el Plan Nacional de Derechos Humanos

En el Plan Nacional de Derechos Humanos se menciona a las personas lesbianas, gais, bisexuales, y trans (LGBT) en el Principio Rector No. 3 "todas las personas tienen derecho a ser tratadas con igualdad y en consecuencia no son admisibles discriminaciones basadas en el [...] género, orientación sexual, identidad de género o expresión de género, [...] o cualquier otra circunstancia personal, jurídica o social, que tenga por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos".

En el Eje No. 5, cuyo objetivo es "Fortalecer el enfoque de derechos humanos en el marco normativo interno y las políticas públicas desarrolladas por el Estado venezolano, a partir de la fuerza transformadora de la CRBV", plantea en la Línea Estratégica 2 “Adecuar el marco normativo interno a las disposiciones sobre derechos humanos contenidas en la CRBV” y como Acciones Programáticas se menciona:
Avanzar en la sanción y promulgación de leyes en materia de: “Protección de intereses colectivos o difusos”, “Promoción y protección del derecho a la igualdad y no discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género.”, “Parto y nacimiento humanizado”.
Se plantea en este mismo eje y acción “Realizar una reforma de los siguientes instrumentos jurídicos a los fines de adecuarlos a la CRBV y los instrumentos internacionales de derechos humanos: Código Civil, Código Penal y Leyes contra la discriminación.”
Si bien esto es positivo, puesto que no ha habido un diagnóstico previo, no sé sabe con certeza para qué se plantea la modificación de dichos instrumentos legales. No hay garantía de que las demandas y necesidades de las personas LGBTI estarán incluidas en esa reforma. Esto debe estar claro en el Plan, se debe mencionar los derechos que se reconocerán y la población especifica que se beneficiará con tal modificación legal.

Recomendaciones

El plan nacional de derechos humanos debe plantear que el Estado venezolano regrese a la revierta el retiro de la Corte Internacional de Derechos Humanos, órgano de la Organización de Estados Americanos-OEA. Se debe incluir el cumplimiento de las recomendaciones emanadas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos- CIDH.

Así mismo, se debe incluir el cumplimiento de todas las recomendaciones elaboradas por los diferentes comités de la Organización de Naciones Unidas, a saber, Comité contra la tortura-CAT; Comité de los derechos del niño; Comité para la eliminación de todas formas de discriminación contra la mujer; Comité de Derechos económicos, sociales y culturales y el Comité de Derechos Humanos, entre otros comités; y las recomendaciones elaboradas en el Examen Periódico Universal.

Quiteria Franco
Coordinadora General de Unión Afirmativa de Venezuela
Puedes leer el resto de las recomendaciones entregadas al Consejo de Derechos Humanos el Blog de la Red LGBTI de Venezuela.

[1] La Declaración y Programa de Acción de Viena, constituyó un esfuerzo de la comunidad internacional para concebir mecanismos que permitieran eliminar los obstáculos existentes y resolver los problemas que impiden la plena realización de todos los derechos humanos. Uno de estos mecanismos fue la recomendación hecha a los Estados para que cada uno de ellos elaborara su propia estrategia para contribuir a la plena realización de los derechos humanos, mediante planes nacionales de derechos humanos. Para mayor información consultar http://www.unhchr.ch/html/menu2/plan_action.htm

Fuentes consultadas:
Plan Nacional de Derechos Humanos. https://consejoderechoshumanos.gob.ve/

viernes, 4 de septiembre de 2015

UNAF participa en Encuentro de defensores de derechos humanos de Venezuela

Primer día del Encuentro de Defensores de DDHH de Venezuela

Este martes 1 de septiembre en la ciudad de Caracas se inició una jornada de tres días de trabajo con Defensores de Derechos Humanos de todo el país. Más de 90 defensoras y defensores venezolanos independientes, agrupados en 30 organizaciones de 13 estados del país respondieron a la convocatoria cuyo objetivo es fortalecer las redes de trabajo para la defensa de la dignidad humana en Venezuela.
El evento fue organizado por Civilis en cooperación con el Centro de Derechos Humanos de la UCAB, Laboratorio de Paz, Observatorio Venezolano de Prisiones, Espacio Público y Provea.
El primer día del encuentro se contó la presentación de todas las organizaciones convocantes del evento y otras invitadas.
CIVILIS-DDHH participó con una presentación titulada “El Espacio de la Sociedad Civil” a cargo de Feliciano Reyna. Seguidamente, Joaquin D’Elia de CIVILIS presentó la ponencia  “El Marco de la Defensa de los DDHH” en representación de Espacio Público. Posteriormente, Ligia Bolívar del CDH-UCAB tuvo una participó con la ponencia “Las Responsabilidades de Instituciones Nacionales sobre Defensores de DDHH”.   
Luego de un corto receso, Rafael Uzcátegui, coordinador general de Provea, expuso ideas sobre “el oficio de un defensor de derechos humanos”. Mientras que Humberto Prado del Observatorio venezolano de Prisiones habló sobre “la defensa de los defensores de derechos humanos”. 
                                                                                                       
En horas de la tarde, el encuentro continuó con la presentación  “Las Leyes y el Sistema Judicial” con Nizar El Fakih del CDH-UCAB; “las Políticas de Estado” por Inti Rodríguez de Provea; “los Medios” con Marianela Balbi de Ipys Vzla; “Las Redes Sociales” con Luis Carlos Díaz del Centro Gumilla para culminar con “El Monitoreo de Ataques a Defensores” con Lexys Rendón de Laboratorio de Paz.

En el segundo día del Encuentro de Defensores de Derechos Humanos contamos con la participación de dos invitados internacionales, Michel Forst quien es el Defensor del Pueblo de Francia y al mismo tiempo el Relator de las Naciones Unidas para Defensores de derechos humanos; y Juan Navarrete activista de DDHH, fundador de la primera Defensoría del Pueblo en Venezuela; además de ser miembro directivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, ente adscrito a la Comisión Interamericana de la Organización de Estados Americanos. Ambos invitados internacionales estaban en Venezuela en visita académica atendiendo una invitación del CDH de la UCAB.

Quiteria Franco, Coordinadora General de Unión Afirmativa de Venezuela y la Red LGBTI de Venezuela estuvo presente como parte de este numeroso grupo de defensores de derechos humanos en Venezuela.   
Se trató de un espacio de discusión e intercambio de aprendizajes y experiencias para reflexionar sobre el rol del defensor de derechos humanos en momentos en que la labor es criminalizada desde los poderes públicos del estado.


 
Segundo día del Encuentro de defensores de DDHH de Venezuela

lunes, 10 de agosto de 2015

Comunidad LGBTI aboga por sus derechos


Legislaciones de muchos países aseguran que todos los seres humanos tienen los mismos derechos ante la Ley, sin embargo, en la vida cotidiana existen situaciones de desigualdad y discriminación a personas por su orientación sexual.
La coordinadora de Proyecto Reflejo de Venezuela, Ana Margarita Rojas, indicó que los derechos de la comunidad LGTBI (Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales), no tiene que por qué ser diferente a la de los demás, esto a pesar de que en los últimos 20 años ha habido progresividad desde los DDHH que ha ayudado a su reconocimiento dentro de la sociedad.

“Muchas veces los legisladores copiaron coletillas en las leyes y no sabían su significado como la que afirma que no se discriminará por orientación sexual”.
Asimismo, Quiteria Franco, Coordinadora de Unión Afirmativa, indicó que independientemente de su orientación sexual, las personas deben tener los mismos derechos dentro de una sociedad.
“Debo tener los mismos derechos que los demás cuando decido casarme con la persona que amo, sea hombre o mujer”.
Expresó en Soluciones que los miembros de la LGTBI tienen que cumplir con sus deberes pero no siempre acceden a todos los derechos sociales. Refirió que la orientación sexual no se escoge y por lo que cada quien debe ser respetado por el solo hecho de ser una persona.

Derechos en Latinoámerica

Rojas indicó que varios países de Latinoamérica han avanzado en el tema del matrimonio igualitario, es decir, matrimonio civil entre personas del mismo sexo. Asimismo, aseveró que el progreso en esos países alcanza el reconocimiento de identidad de género.
“Uruguay y Argentina son pioneros en el tema, también hemos visto grandes avances en Perú, Chile y México”.
La coordinadora explicó que en este tema Venezuela se encuentra entre los últimos. “Estamos casi en el sótano”, añadió.
Explicó que existe un tipo de “Marketing” legisltivo que hace creer que hay un reconocimiento a la comunidad LGTBI en el país, sin embargo destacó que aún estamos muy lejos de acatar los parámetros de la ONU y Cidh.

Religión y orientación sexual

Grupos religiosos siempre se han manifestado “renuentes” a tocar temas ligados a la homosexualidad, sin embargo los católicos son los más abiertos ha discutir el tema, afirmó Franco.
“Cuando hablamos de leyes debemos dejar la religión a un lado”.
Explicó que el rechazo a la comunidad comenzó cuando se dijo, hace muchos años, que los homosexuales  que eran enfermos mentales. Asimismo, indicó que la iglesia y medios de comunicación colaboraron con el estigma.
Expresó que la sexualidad en Venezuela siempre ha sido un tabú, pero añadió que la homosexualidad es un doble tabú. Sin embargo, explicó que cuando se habla con las personas y se explica la situación de la comunidad LGTBI hay un cambio de actitud.
“El problema de venezuela es que aun no tenemos educación sexual”.

Malas decisiones

Rojas sostuvo que el poco reconocimiento de la comunidad LGTBI trae muchos casos de suicidios y violencia intrafamiliar, sobre todo en la población joven. Asimismo destacó que un 40% de personas en situación de calle son personas que fueron expulsados de sus viviendas por sus familiares.
Ante esto,  pidió al estado legislar para reconocer a la comunidad LGTBI con los mismos derechos de los demás; que incluya reinsertar a la sociedad a los transexuales y a educar desde el colegio a la sociedad.
“Necesitamos planes y programas que vayan en función del reconocimiento de las personas LGTBI, reincersión a la sociedad de las personas trans”
Redactora: MG

viernes, 24 de julio de 2015

Marcha del Orgullo LGBTI: un espacio ideal para que las personas expresen lo que realmente son

UNAF presente en Marcha del Orgullo LGBTI en Valencia, Carabobo. Domingo, 19 julio, 2015. 

El pasado domingo, 12 de julio, la Comunidad de Lesbianas, Gays, Personas Trans e Intersex (LGBTI) de Venezuela se concentró en Caracas para unirse a la Marcha del Orgullo que, en medio de disfraces, banderas arcoíris y consignas, exigió una vez más la reivindicación de sus derechos, como el reconocimiento del matrimonio igualitario y la identidad legal para las personas trans.
La movilización se realizó dos semanas después del 28 de junio, día en que se conmemora oficialmente en el mundo el Orgullo de la Comunidad LGBTI, por razones de planificación y actividades políticas que coincidían.
La historia de este tipo de movilizaciones y el nacimiento de la lucha a favor de la libertad homosexual comenzó a finales de los años 60, ya que se relaciona con los “Disturbios de Stonewall Inn” ocurridos la noche del 28 de junio de 1969 en Estados Unidos.
Stonewall Inn era el único bar neoyorquino de “ventanales pintados de negro y contraseña para entrar, donde los hombres podían bailar juntos”. [1]
Esta situación estaba prohibida en el país norteamericano. Sin embargo, los policías de la zona se hacían de la vista gorda aceptando sobornos, hasta que todo se supo.
Según algunos historiadores, unos 400 policías entraron de forma violenta en Stonewall Inn, golpearon a los asistentes del local, frente a unos 2.000 testigos en las calles. Los maltratados no se quedaron tranquilos y se defendieron como pudieron de la brutalidad policial. [1]
A pesar de los continuos enfrentamientos, las autoridades de la ciudad pidieron a los policías retirarse del lugar. Este logro, se reconoce como la semilla que sirvió para que el movimiento moderno pro-derechos LGBTI en Estados Unidos y en todo el mundo alzara su voz.
Para hablar un poco más sobre este tipo de manifestaciones y qué implicaciones tiene para las condiciones en la que vive la comunidad LGBTI del país, entrevistamos a Quiteria Franco, profesora universitaria, coordinadora de la organización Unión Afirmativa Venezuela y de la Red LGBTI del país.
-        ¿Qué exige la comunidad LGBTI en estas movilizaciones?
Sencillamente, el respeto y el reconocimiento de los derechos humanos de la comunidad LGBTI, que no son diferentes a los derechos del resto del mundo. Los derechos humanos hablan de que todos somos iguales ante la ley, y hasta ahora las personas no heterosexuales no gozamos verdaderamente de este principio.   
Sobre esta materia vemos con preocupación el caso Venezolano, porque otros países están aprobando leyes a favor de estas personas y el nuestro se está quedando estancado.
Lo que estamos buscando son leyes que protejan y trabajen en la prevención de la discriminación contra las personas LGBTI, por su orientación sexual, identidad o expresión de género. Del mismo modo, exigimos la legalización de la unión entre parejas homosexuales y la protección de este tipo de familias.
Otro sector frecuentemente vulnerado son los niños y adolescentes homosexuales y trans, Por ello, exhortamos a las autoridades competentes a que brinden verdadera protección a estos menores. Existe un número considerable de niños y adolescentes que tienen algún tipo de problema en las escuelas o dentro de sus familias que son reales, pero no están siendo abordados oportunamente para solucionarlos.
También pedimos que se aborde mejor el trabajo de la tipificación de la violencia y los crímenes de odio. Dentro de este último flagelo se encuentran, no solamente los asesinatos, también existe la discriminación verbal y a través de los medios de comunicación, hostigamiento, acoso, violación de la vida privada, etc.
El número de víctimas por este tipo de violencia es muy alto. Recientemente, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, reconoció en el Comité de derechos humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que el 43% de los casos que llegan a la fiscalía tiene que ver con las personas LGBTI.
Es fundamental también que se incluya la educación sexual como materia formal y obligatoria en los centros educativos, desde educación preescolar hasta universitaria, tal como existe en otros países latinoamericanos más adelantados en el reconocimiento de la comunidad LGBTI.
-        ¿Desde cuándo se realizan marchas por el Orgullo LGBTI en Venezuela?
La primera marcha que se conoce públicamente se realizó en el año 2001. Fue una marcha muy tímida, convocada por las primeras organizaciones que defendían en el país los derechos de la comunidad.
En esta primera iniciativa de movilización, los organizadores tenían mucho temor por la participación y aceptación que iba a tener la marcha. Afortunadamente, el día de la marcha asistieron más de 150 personas, así que para ser la primera vez que se realizaba este tipo de actividad en un país, fue un importante logro.
La derogación de la Ley de Vagos y Maleantes también contribuyó un poco para que las personas LGBTI tuvieran confianza para participar en estas manifestaciones públicas. En el año 1997, cuando se elimina esta ley, los activistas sienten una mayor libertad para comenzar a agruparse, ya que anteriormente el instrumento legal permitía indiscriminados abusos contra las personas que no eran consideradas normales dentro de los estándares morales.
Sin embargo, existen otras versiones que afirman que en el año 1999 se realizó por primera vez una caminata que juntó a un grupo pequeño de personas de la comunidad LGBTI. Esta se realizó precisamente en la noche por el temor a que la gente los atacara, y recorrió unas 10 cuadras del bulevar Sabana Grande en Caracas.
-        ¿Ha habido algún cambio desde que se realizan este tipo de expresiones sociales?
Yo diría que sí, desde el punto de vista de la visibilidad. La persona homosexual y trans ha dejado de estar dentro del “clóset”, es decir, ha dejado de esconderse en sus lugares de seguridad para ir a la calle sin temor y decir “Aquí estoy, existo y lo que quiero es respeto”. A través de estas manifestaciones, la comunidad LGBTI ha salido de aquel oscurantismo que las envolvía y las aislaba del resto de la sociedad.
Incluso, después de observar los resultados de una encuesta que hizo una organización que lucha por los derechos de esta comunidad, la gran mayoría de las personas que asisten a las marchas por el Orgullo LGBTI consideran que ese es el único momento para expresar lo que realmente son, libremente.
Muchas personas vienen de lugares inhóspitos del país para vestirse como ellos quieren, manifestar muestras de amor con su pareja sin que nadie los discrimine, cantar, bailar y exigir el reconocimiento de sus derechos.
Otro logro, que ha surgido recientemente, es que ahora los estados buscan realizar sus propias marchas, es decir, las movilizaciones no solo se realizan en Caracas.
La gente desde el lugar donde vive quiere organizarse para marchar y expresar sus exigencias y deseos. Ahora se realizan este tipo de marchas en Zulia, Aragua, Carabobo, Bolívar, Barinas y Guárico.
-        En estas marchas es común observar que sus asistentes usan atuendos extravagantes, ¿este comportamiento es positivo para que se tome en serio sus exigencias?
Ciertamente puede ser algo que perturbe a cierto tipo de gente, sobre todo a los más conservadores. Pero la verdad es que las personas tienen derecho a vestirse y comportarse como deseen, siempre y cuando esto no transgreda los derechos del otro.
No se debe criticar a nadie que quiera vestirse y expresarse como mejor se sienta, lo que sí se debe hacer, es fomentar el respeto a las diferencias.
Ejemplo de ello, es la idea de criticar a las mujeres que se visten con atuendos cortos como faldas, shorts o tops. Que las féminas se vistan de cierto modo no da derecho al otro de tocarlas o abusar de ellas. Lo que tenemos que hacer, en ese caso, es fomentar valores que les permitan a los hombres controlar sus impulsos sexuales y promover el respeto.
Reitero, estas marchas sirven también para que las personas LGBTI puedan expresarse libremente, es un espacio que les permite ser, sentirse y manifestarse como son. Si nadie resulta afectado por este comportamiento, nadie debería oponerse.
-        ¿Cuál es tu opinión sobre el desenvolvimiento de la marcha de este año?
Lo ideal hubiese sido que la marcha fuese democrática, dándole oportunidad a todas las organizaciones políticas o no a participar. Existen muchas organizaciones políticas que tienen una arista LGBTI, pero no que se sintieron cómodas al participar en una movilización donde la propaganda a favor del gobierno era lo que prevalecía.
-        ¿La Red LGBTI de Venezuela tiene programadas próximas actividades para impulsar la exigencia de los derechos de esta comunidad?
La Red LGBTI a finales de cada mes realiza foros y conversatorios en la Sala Cabrujas de Cultura Chacao, para hablar sobre diversos temas relacionados a esta comunidad.
Mensualmente, las organizaciones que defienden los derechos de las personas LGBTI preparan una temática a exponer y se abre un debate al respecto.
El próximo martes 28 de este mes, se llevará a cabo una conversatorio denominado “Más allá de la monosexualidad: bisexualidad, pansexualidad y otras identidades no monosexuales”, que estará a cargo de un activista independiente llamado Manuel Escalona Lugo. 
Para conocer las actividades que realiza mensualmente la Red LGBTI visita su blogVenezuelaredlgbti.blogspot.com, su cuenta en Twtter @RedLGBTIVzla y/o búscalos en Facebook como Red LGBTI de Venezuela Comunidad.

Por Daniela Damiano (@amnistía)
[1] Lavozdegalicia.es. Los disturbios del Stonewall Inn: 40 años de Orgullo gay. Disponible en: http://www.lavozdegalicia.es/sociedad/2009/06/26/00031246028091865652895.htm [Consultado el 13/07/2015]

Articulo publicado en http://www.amnistia.ong/profiles/blogs/marcha-del-orgullo-lgbti-un-espacio-ideal-para-que-las-personas-e 

jueves, 16 de julio de 2015

Lamentan falta de derechos para homosexuales en Venezuela


Notimex 13.07.2015 - 11:04h La negativa a reconocer las uniones o matrimonios entre personas del mismo sexo, o el silencio ante las denuncias de discriminación, hacen de Venezuela uno de los países más homofóbicos de la región, advirtió la activista Quiteria Franco. "Venezuela sencillamente es un Estado homofóbico, las instituciones son homofóbicas, esta es una situación institucional y no podemos calificarla de otra manera", lamentó hoy la dirigente del grupo Unión Afirmativa en diálogo con Notimex. Franco señaló que uno de los mayores problemas ha sido que, contrario a lo que sucede en el resto del hemisferio, en Venezuela el Estado ha asumido una postura inmovilista de negarse a reconocer los matrimonios del mismo sexo. "Si se viera un mapa de toda América, se notaría que sólo quedan tres países donde no hay ningún reconocimiento, de ningún tipo de las parejas del mismo sexo, uno de ellos es Venezuela, los otros dos son Bolivia y creo que Panamá", aseguró. Franco, catedrática de la pública Universidad Simón Bolívar (USB), subrayó que a esto se suma la marcada discriminación contra las personas del colectivo de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (LGBT). Al respecto, citó como ejemplo que "en una audiencia reciente ante las Naciones Unidas la fiscal general Luisa Ortega Díaz dijo que 43 por ciento de los casos de discriminación que reciben tienen que ver con personas LGBT". Los casos de discriminación han llevado a que numerosos activistas y organizaciones hayan exhortado a aprobar una ley contra crímenes de odio, pero nuevamente el Estado ha preferido guardar silencio, añadió Franco. El presidente de la Asamblea Nacional (Congreso unicameral), el oficialista Diosdado Cabello, reconoció recientemente que el poder Legislativo podría aprobar el matrimonio igualitario, aunque sin dar mayores detalles. Sin embargo, Franco atribuyó estas declaraciones a las secuelas causadas por el reciente reconocimiento del matrimonio homosexual en Estados Unidos y otros países, algo que habría aumentado la "presión" sobre Venezuela. Asimismo, las declaraciones de Cabello podrían ser contextualizadas en la campaña electoral de cara a los cruciales comicios legislativos que se celebrarán en diciembre, ya que previamente el oficialismo evitó legislar sobre esta materia. Franco lamentó que dentro de la oposición, sólo el detenido dirigente Leopoldo López se ha pronunciado en favor del matrimonio igualitario, lo que demuestra que la clase política venezolana "no ha estado a la altura" del debate. "Existe el temor de que si un político habla abiertamente de su apoyo a las personas LGBT y sus derechos pues va a perder popularidad, pero yo creo que la sociedad está mucho más preparada que la dirigencia política", resaltó Franco.

Fuente: http://www.20minutos.com.mx/noticia/b301103/lamentan-falta-de-derechos-para-homosexuales-en-venezuela/