sábado, 12 de septiembre de 2015

A dos años de la Denuncia de la Convención Americana de DDHH por el Estado venezolano


A 2 años de la Denuncia de la Convención Americana de DDHH por el Estado venezolano: 
Actuación en caso Ayotzinapa reitera importancia de la CIDH
en la defensa de DDHH en la región
Caracas, 10.09.2015.- Este 10 de septiembre de 2015 se cumplen dos años de la salida de Venezuela de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), después que el Estado venezolano activara los mecanismos para ello, mediante la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). A pesar del rango constitucional de este tipo de tratados y el principio de progresividad en materia de derechos humanos consagrado en nuestra Carta Magna, la decisión gubernamental se realizó tras una campaña de descrédito y criminalización tanto a este tipo de organismos internacionales, como a las organizaciones que acuden a ellao.
Sin embargo, la actuación tanto de la Corte IDH como de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reitera su importancia en la protección y defensa de la dignidad de mujeres y hombres en la región. Recientemente la CIDH, mediante un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), ha colaborado con el Estado mexicano para alcanzar justicia en la desaparición de 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa. Después de 6 meses de trabajo el GIEI ha emitido el informe “Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa”, que ha brindado importantes elementos para conocer la verdad de lo sucedido. El trabajo de la CIDH ha demostrado su importancia en casos de violación a derechos humanos cuando el Estado en el que han ocurrido, por diferentes razones, no puede garantizar la justicia.
Debido a las diversas irregularidades presentes en el sistema de administración de justicia venezolano, la impunidad se ha convertido en uno de los problemas graves de violación a derechos humanos en el país. Sin embargo, las víctimas y las organizaciones que las acompañan, tras el agotamiento de las instancias internas, hoy no cuentan con la posibilidad que sí tienen los familiares de los estudiantes de Ayotzinapa o de tantos otros casos atendidos por la CIDH así como por la Corte IDH: que en sus correctas peticiones se haga justicia. Nuestro país podría pedir un asesoramiento técnico similar al implementado en México para allanar el camino a la verdad de situaciones que hoy parecen de difícil resolución, como por ejemplo las 43 personas asesinadas en el año 2014 en el contexto de manifestaciones, así como otros casos de trascendencia pública y que continúan en impunidad. Lamentablemente, Venezuela ha optado por el camino de debilitar los mecanismos regionales existentes que pueden proteger a las personas en condiciones vulnerables frente al abuso de poder. 
A pesar de la existencia de un recurso de inconstitucionalidad introducido en el Tribunal Supremo de Justicia, que no tenido decisión alguna, las organizaciones firmantes continuaremos exigiendo que el gobierno venezolano rectifique en su decisión de no estar bajo la jurisdicción de la Corte IDH, como lo han recomendado las evaluaciones de los organismos de Naciones Unidas. Además, seguiremos demandando que la Defensoría del Pueblo hable alto y claro para exigir el retorno de nuestro país a los organismos regionales de protección derivados de la Convención Americana de Derechos Humanos
Suscriben:
Acción Solidaria
Asociación Civil Fuerza Union Justicia Solidaridad y Paz (FUNPAZ, A.C.)  (Lara)
Catedra Libre de Derechos Humanos de la UCLA (Lara)
Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello
Centro para la Paz y los DDHH – UCV
Cepaz
Coalición de Organizaciones por el Derecho a la Salud y a la Vida (CODEVIDA)
Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional
Civilis Derechos Humanos
Comisión Inter Institucional de DDHH de las universidades del Zulia y Rafael Urdaneta (Zulia)
Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (CODHEZ)
Derechos Humanos Y@ (Anzoátegui)
Espacio Público
Federación Nacional de Sociedades de Padres y Representantes (Fenasopadres)
Fundación Ensayos para el Aprendizaje Permanente (FEPAP)
Grupo de Trabajo de Asuntos Indígenas de la ULA (Mérida)
Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela (IPYS)
Laboratorio de Paz
Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS)
Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres
Observatorio Venezolano de Prisiones
Observatorio Venezolano de la Salud (OVS)
Oficina de los Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Valencia
Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea)
Red de Organizaciones por los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes (REDHNNA)
Sinergia
Sociedad Hominis Iura (SOHI) (Anzoátegui)
Transparencia Venezuela
Unión Afirmativa de Venezuela
Una Ventana a la Libertad


Plan Nacional de Derechos Humanos de Venezuela 2015-2019


Unión Afirmativa de Venezuela reconoce como una iniciativa positiva que el gobierno plantee la elaboración de un Plan Nacional DDHH en favor de todos los Venezolanos. Aunque ya hemos expresado nuestra opinión junto a otras más de 30 organizaciones independientes de la sociedad civil el pasado 27 de agosto, deseamos hacer algunas observaciones y recomendaciones a dicha propuesta de Plan.

Antecedentes

La figura del Plan Nacional de Derechos Humanos surge en el marco de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas celebrada en Viena[1], Austria en el año 1993. En el documento final de esta conferencia “Declaración y programa de acción de Viena” se recomienda a los Estados “elaborar un plan de acción nacional en el que se determinen las medidas necesarias para que el Estado mejore la promoción y protección de los derechos humanos”.

En el continente americano ya ha habido varios países como Brasil, Bolivia, Guatemala y México que han avanzado en la elaboración e implementación de planes nacionales de Derechos Humanos.
En Venezuela, en el año 1998 se iniciaron unas conversaciones entre las organizaciones de Derechos Humanos y el entonces presidente Rafael Caldera para la elaboración de un Plan Nacional de DDHH en Venezuela. Lamentablemente, esa iniciativa no se concretó. Posteriormente, se le planteó la misma idea al electo presidente Hugo Chávez quien la descartó.

Más recientemente, durante el primer Examen Periódico Universal a Venezuela en el 2011, Brasil le sugirió al Estado la implementación de un Plan Nacional de DDHH, la cual fue rechazada. Este año Venezuela fue evaluada en el Comité de Derechos Humanos en el marco del examen para la implementación del pacto de Derechos Civiles y Políticos. No hubo mención alguna por parte de los representantes del estado de que se estuviese trabajando en un Plan Nacional de DDHH. Razón por la cual este llamado repentino causó mucha sorpresa a todos en el país. Sin embargo, tenemos claro que a Venezuela le corresponde una nueva evaluación en el marco del EPU-2016.

Lo positivo del Plan Nacional de DDHH

El plan está organizado en cinco ejes cada uno con hasta tres líneas estratégicas y con varias acciones programáticas que contienen una serie de ideas concretas, muchas de las cuales se encuentran en sintonía con los estándares internacional en derechos humanos. El Plan reconoce que la Constitución venezolana (CRBV) recoge los principios de “progresividad, indivisibilidad, interdependencia, igualdad y no discriminación”.

En el primer eje se sugiere “promover la incorporación de los derechos humanos en los procesos de formación del Sistema Educativo, en todos sus niveles y modalidades, así como desarrollar estrategias de promoción y divulgación de los DDHH a través de espacios de educación no formal y demás estrategias de abordaje y medios de difusión masiva.”

El segundo eje, por su parte, indica la necesidad de “transformar el sistema de justicia para garantizar el acceso de toda la población en condiciones de igualdad, reestructurar el sistema penitenciario y continuar implementando el proceso de reforma policial.”

El tercer eje busca “propiciar la participación del pueblo en la promoción, protección y respeto de los DDHH”. Adicionalmente, una de las líneas estratégicas estable “impulsar el fortalecimiento de las organizaciones y movimientos de DDHH.”

El cuarto eje expresa la necesidad de fortalecer la presencia en los organismos internacionales de protección de los derechos humanos, explicitando el apoyo al sistema universal de Naciones Unidas, así como crear mecanismos para la implementación y seguimiento de sus recomendaciones.
El quinto eje persigue fortalecer el enfoque de derechos humanos en las políticas públicas, ubica como acción establecer un sistema nacional de indicadores que permita hacer seguimiento y evaluar el impacto de la gestión oficial en la materia.

Lo negativo del Plan

El subtítulo del Plan menciona “Democracia socialista”. El Plan establece que este “busca desarrollar los Objetivos Históricos y Nacionales del Plan de La Patria 2013-2019, así como “garantizar la continuidad y consolidación de la Revolución Bolivariana”. Estos son indicadores de que este plan es excluyente y discrimina a quienes no se identifican con el socialismo y, adicionalmente, que este plan está casado con el gobierno y su ideología lo cual no garantiza su ejecución ni continuidad en el tiempo. Aún más grave, no parece ser la preeminencia de los DDHH lo que impulsa este plan.
Todo plan de Derechos Humanos debe partir de un diagnóstico para tener claro cuáles son los problemas que se busca solucionar. Este debe ser ampliamente consultado con la sociedad con mecanismos abiertos y garantías de participación libres de represalias e inclusión de las propuestas de las organizaciones independientes de la sociedad civil y con suficiente tiempo, al menos durante un año.

En el eje número 1, línea estratégica número 2 acción programática 3 se expresa: “continuar trabajando en el rescate y la reconstrucción de la memoria histórica de las graves violaciones a los derechos humanos acaecidos en nuestro país durante el periodo 1958-1998. ¿y qué sucede con los hechos acaecidos desde 1999-hasta 2015. ¿Es que acaso no han ocurrido violaciones de DDHH en este periodo más reciente de la revolución bolivariana?

Se menciona a lo largo de todo el Plan la “visión emancipadora, crítica y alternativa de los Derechos Humanos. No obstante, no se aclara de qué se trata esa nueva “visión”. Los derechos humanos son una conquista de muchos años de trabajo, los mismos no obedecen a ninguna ideología ni parcialidad local, ya sea política o religiosa.

Adicionalmente, parece condicionarse la cooperación y la acción en general a esta nueva “visión”, tal como se expresa en el eje 3 en repetidas ocasiones; por ejemplo, en la línea estratégica 2 Acción 4: “impulsar la creación del Premio Nacional de Derechos Humanos, a los fines de reconocer el trabajo desarrollado por las organizaciones y activistas comprometidos con una visión emancipadora, crítica y alternativa e n la materia”. Línea estratégica 3, acción programática 1. “organizar el Encuentro Internacional Anual de Organizaciones y Movimientos Sociales nacionales e internacionales comprometidos con una visión emancipadora, crítica y alternativa delos derechos humanos”. ¿Significa esto la formalización de la exclusión de quienes no actúan bajo esta visión? Tal como ha sucedido hasta ahora.

Las personas LGBTI en el Plan Nacional de Derechos Humanos

En el Plan Nacional de Derechos Humanos se menciona a las personas lesbianas, gais, bisexuales, y trans (LGBT) en el Principio Rector No. 3 "todas las personas tienen derecho a ser tratadas con igualdad y en consecuencia no son admisibles discriminaciones basadas en el [...] género, orientación sexual, identidad de género o expresión de género, [...] o cualquier otra circunstancia personal, jurídica o social, que tenga por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos".

En el Eje No. 5, cuyo objetivo es "Fortalecer el enfoque de derechos humanos en el marco normativo interno y las políticas públicas desarrolladas por el Estado venezolano, a partir de la fuerza transformadora de la CRBV", plantea en la Línea Estratégica 2 “Adecuar el marco normativo interno a las disposiciones sobre derechos humanos contenidas en la CRBV” y como Acciones Programáticas se menciona:
Avanzar en la sanción y promulgación de leyes en materia de: “Protección de intereses colectivos o difusos”, “Promoción y protección del derecho a la igualdad y no discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género.”, “Parto y nacimiento humanizado”.
Se plantea en este mismo eje y acción “Realizar una reforma de los siguientes instrumentos jurídicos a los fines de adecuarlos a la CRBV y los instrumentos internacionales de derechos humanos: Código Civil, Código Penal y Leyes contra la discriminación.”
Si bien esto es positivo, puesto que no ha habido un diagnóstico previo, no sé sabe con certeza para qué se plantea la modificación de dichos instrumentos legales. No hay garantía de que las demandas y necesidades de las personas LGBTI estarán incluidas en esa reforma. Esto debe estar claro en el Plan, se debe mencionar los derechos que se reconocerán y la población especifica que se beneficiará con tal modificación legal.

Recomendaciones

El plan nacional de derechos humanos debe plantear que el Estado venezolano regrese a la revierta el retiro de la Corte Internacional de Derechos Humanos, órgano de la Organización de Estados Americanos-OEA. Se debe incluir el cumplimiento de las recomendaciones emanadas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos- CIDH.

Así mismo, se debe incluir el cumplimiento de todas las recomendaciones elaboradas por los diferentes comités de la Organización de Naciones Unidas, a saber, Comité contra la tortura-CAT; Comité de los derechos del niño; Comité para la eliminación de todas formas de discriminación contra la mujer; Comité de Derechos económicos, sociales y culturales y el Comité de Derechos Humanos, entre otros comités; y las recomendaciones elaboradas en el Examen Periódico Universal.

Quiteria Franco
Coordinadora General de Unión Afirmativa de Venezuela
Puedes leer el resto de las recomendaciones entregadas al Consejo de Derechos Humanos el Blog de la Red LGBTI de Venezuela.

[1] La Declaración y Programa de Acción de Viena, constituyó un esfuerzo de la comunidad internacional para concebir mecanismos que permitieran eliminar los obstáculos existentes y resolver los problemas que impiden la plena realización de todos los derechos humanos. Uno de estos mecanismos fue la recomendación hecha a los Estados para que cada uno de ellos elaborara su propia estrategia para contribuir a la plena realización de los derechos humanos, mediante planes nacionales de derechos humanos. Para mayor información consultar http://www.unhchr.ch/html/menu2/plan_action.htm

Fuentes consultadas:
Plan Nacional de Derechos Humanos. https://consejoderechoshumanos.gob.ve/