AQUÍ ENCUENTRAS INFORMACIÓN DESDE 2008 HASTA NOVIEMBRE 2016
lunes, 7 de febrero de 2011
Segunda restauración del Mural de Tolerancia.
Esta vez nos pusimos de acuerdo con la artista DARIENT e hicimos dos murales, uno para dejar en la Plaza y otro “para llevar”. La transmisión en vivo del evento, por parte de RADIO REFLEJOS, hizo que éste se convirtiera en un Radiotón contra la Homofóbia, que fue escuchado por más de 300 máquinas que se conectaron en Venezuela y alrededor del mundo.
Por el lugar desfilaron muchísimas personas expresándonos su apoyo y colaborando con nuestra causa.
Estamos muy contentos y agradecidos por el apoyo de todas las organizaciones que se hicieron presentes el día de hoy, entre ellas:
Grafiteros Sou Crew
Fundación Reflejos de Venezuela
Amnistía Internacional
Huellas de Venezuela
Alianza Lambda de Venezuela
Diverlex
Dsx USB
Dsx UCV
Tertulias DSx
Secretaría Juvenil de Diversidad Sexual de AD
Diversidad en Red de Voluntad Popular
Orbitagay
Ambiente Radio
Diversos No Perversos
Control Ciudadano
Una Ventana a la Libertad
jueves, 13 de enero de 2011
Conferencia Episcopal Venezolana se queja de intolerancia pero no tolera uniones homosexuales
Rechazamos en la forma más contundente posible las una vez más irresponsables y ofensivas declaraciones de Monseñor Ubaldo Santana, en contra de nuestra comunidad y de nuestros intereses democráticos legítimos.
La afirmación de que el matrimonio homosexual mermaría los valores cristianos, desconoce el marco constitucional venezolano que prohíbe toda discriminación por la orientación sexual de las personas. Esta prohibición constitucional quedó expresa mediante la sentencia 08-190 de la Sala Constitucional en la cual se puede leer que la CRBV “no prohíbe ni condena las uniones de hecho entre personas del mismo sexo, que encuentran cobertura constitucional en el derecho fundamental al libre desenvolvimiento de la personalidad“.
Más adelante el TSJ agrega:
“…es a la Asamblea Nacional a la que le compete, según su prudente arbitrio, el reconocimiento y desarrollo legislativo de los derechos patrimoniales y sociales que surjan como consecuencia de relaciones propias del Derecho Civil, entre ellas las de parejas de igual sexo”.
Por lo tanto, si la Constitución permite la protección legal de las parejas del mismo sexo, mal puede nadie afirmar lo contrario, so pena de violar, como es el caso, el artículo 59 de la Constitución: “Nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro u otra el ejercicio de sus derechos”.
Con el mismo artículo que se invoca para reclamar el derecho a la libertad religiosa, se le pretende negar los derechos a otro grupo de la población, tan legítimo como cualquier otro. Además tratándose de un grupo vulnerable, protegido no solo en la Constitución sino en todos los pactos internacionales de Derechos Humanos ratificados por Venezuela
UNIÓN AFIRMATIVA DE VENEZUELA
Caracas, 13 de enero de 2010
Artículo de la Rueda de Prensa de la CEV:
Salutacion Inaugural del Presidente de la Conferencia Episcopal en la Nonagesima Quinta Asamblea Ordinaria de la CEV
lunes, 10 de enero de 2011
Yo me registro con mi pareja en el Censo 2011
Este año serán censadas por primera vez las parejas del mismo sexo en Venezuela, de esta forma, no sólo podremos saber cuántas son, sino que también podremos conocer cuántas conviven con sus hijos e hijas. Es importante tu participación, ya que estos datos le permitirán al Estado venezolano y a nuestras organizaciones, planificar y llevar adelante políticas públicas que contemplen nuestro colectivo y reconozcan nuestros derechos.
LO QUE HAY QUE SABER PARA CENSARSE:
• Cuando el jefe o la jefa del hogar indique tener un cónyuge o una pareja de su mismo sexo, ésta deberá ser registrada como tal. Para el Censo no existe diferencia si estos vínculos tienen o no tienen reconocimiento legal.
• Los datos del Censo suministrados por las personas, están amparados por el Secreto Estadístico, es decir, son absolutamente confidenciales y la información será de uso exclusivamente estadístico, tal como lo establece la Ley de Función Pública Estadística (artículos 19 - 24).
• El Censo 2011 no incluirá ninguna pregunta sobre la orientación sexual de las personas, ya que esa no es la función de ningún censo poblacional.
• Por otra parte las personas trans (travestis, transexuales y transgénero) serán censadas respetando el nombre y expresión de género que indiquen, sin importar la información que figure en su documento de identidad, el cual no se solicita durante el proceso.
• Cabe destacar que en esta oportunidad el Censo será efectuado de manera electrónica con Dispositivos Móviles de Captura (DMC) que contienen el cuestionario censal.
HAGÁMONOS VISIBLES.
NUESTROS HOGARES TAMBIÉN CUENTAN PARA VENEZUELA.
Contáctanos si tienes alguna duda o necesitas información adicional:
UNIÓN AFIRMATIVA DE VENEZUELA
Teléfonos: (58 212)7146737 (58 414)1224807 (58 416)9061930
@Unionafirmativa
Artículo de Jordy Moncada, activista de VOLUNTAD POPULAR
Los gays y la familia
JORDY ENRIQUE MONCADA CARTAYA | EL UNIVERSAL
viernes 7 de enero de 2011 10:38 AM
Resulta necesario analizar la posibilidad que tienen las personas con una orientación sexual distinta a la que pregona la religión de poder desarrollar libremente su personalidad y poder alcanzar su plan de vida, condición que debe ser garantizada por los derechos. En este libre desarrollo de la personalidad y la posibilidad de poder alcanzar su plan de vida, los seres humanos no deberían verse limitados por su orientación sexual, entendida como esa forma en que las personas manifiestan sus intereses sexuales y emocionales. En Venezuela se prohíbe la discriminación (aunque no expresamente por orientación sexual), pero se discrimina a quienes tienen una orientación sexual distinta a la heterosexual impuesta por la Constitución al momento de consagrar la familia. Existe un claro conflicto penosamente abordado por la Sala Constitucional del TSJ (28 de febrero de 2008, en donde decide un recurso de interpretación solicitado por ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN AFIRMATIVA DE VENEZUELA), en donde se expresa que no existe conflicto, pues existe una protección especial a la unión entre un hombre y una mujer, pero no se prohíben las uniones de personas del mismo sexo, aunque no están reconocidas en la ley. La Sala Constitucional optó por reducir el conflicto a si tienen o no derecho a casarse o a tener una unión estable de hecho. La Sala muestra una clara desconexión con las realidades sociales, pretendiendo que las familias son siempre formadas por la unión de un hombre y una mujer, obviando así el inmenso porcentaje de familias en donde no existe la presencia del padre y es la mujer quien lleva toda la carga. Otra realidad social son las personas que tienen una orientación sexual no heterosexual como lo que intenta imponer la Sala, esas personas necesariamente deben tener la posibilidad de crear una familia, no crear una sociedad civil como lo plantea tristemente la Sala Constitucional en la Sentencia. Los derechos humanos son un concepto histórico que responden a las exigencias éticas que se van dando a través de los momentos históricos, es claro que la diversidad sexual reclama en este momento su pleno reconocimiento y sobre todo su garantía. En Venezuela hace vida una comunidad de orientación sexual no heterosexual que está viendo limitado sin argumentación lógica alguna el libre desenvolvimiento de su personalidad y la posibilidad de obtener esa libertad moral individual que supone el fundamento de los derechos. ¿Puede ser digna la vida si no nos reconocen nuestra forma de relacionarnos sentimentalmente?, ¿puede ser digna la vida mientras unos pueden formar una familia y ser reconocidos jurídicamente y otros no, simplemente porque tienen una orientación sexual distinta?, ¿puede ser digna la vida si no hay posibilidad de formar una familia y tener hijos? Son preguntas que la Sala no se hace y la gran mayoría de la sociedad venezolana tampoco, pero lo cierto es que existen personas que no tienen esas posibilidades que parecen inherentes a los seres humanos, que no pueden ser prohibidas ni obstaculizadas por el Estado. En una semana en la que se instala una nueva Asamblea Nacional, es preciso abrir el debate sobre los derechos relacionados con la orientación sexual.
jordyenrique@gmail.com Twitter: @JordyMoncada
LGBTI presentes en la instalación de la Asamblea Nacional 2011-2016
Felicitamos a estas personas que de manera espontánea hicieron presencia en la instalación de la nueva Asamblea Nacional. Según la sentencia del recurso que presentamos "es a la Asamblea Nacional a la que le compete el desarrollo legislativo de los derechos de las parejas del mismo sexo”. A ellos nos toca exigirles.
Foto cortesía Juan Guiado
Vídeo del Foro por los Derechos Humanos y la Democracia.
Vídeo del Foro por los Derechos Humanos y la Democracia.
Reconocimiento 2010 a Emilio Graterón Colmenares
El Comité organizador del Reconocimiento Anual de Unión Afirmativa de Venezuela, otorgó este año el reconocimiento a Emilio Graterón Colmenares, Alcalde del Municipio Chacao, por la campaña Cultura Ciudadana dirigida a promover los valores de la tolerancia, la paz y el respeto a la diversidad. Otorgado en Caracas el día 20 de diciembre de 2010.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)






